Prevención de Proliferación de Perros Vagos en Poblaciones Navales.

Prevención de Proliferación de Perros Vagos en Poblaciones Navales.

La tenencia responsable de mascotas siempre ha sido relevante para la Asistencia Habitacional del Bienestar Social de la Ira Zona Naval. Este tema toma un cariz distinto, cuando transitamos por la fina línea de ayudar temporalmente a animales en estado de indefensión, provocando el aumento de canes sin hogar en las inmediaciones de las Viviendas Fiscales. ¿Cómo abordar esta problemática? Aquí le contamos.

Ser un dueño responsable de una mascota, conlleva diferentes responsabilidades de orden civil y también las obligaciones que integra el reglamento naval para su tenencia. Antes de albergar un animal, especialmente canino, se debe tener en cuenta lo siguiente:

Tener una mascota en una vivienda fiscal implica:

Ser informada y pedir previamente la autorización para su tenencia, a través de su repartición o unidad, elevando los antecedentes de la mascota al mando operativo o de apoyo operativo que corresponda, considerando incluir los siguientes datos: Tipo de mascota, tamaño y nombre; Fotos que permitan apreciar sus características; Certificado de vacunas y controles anuales del veterinario. Todas estas indicaciones, están presentes en el Reglamento disponible AQUÍ (insertar link de descarga)

En este marco se prohíbe:

Art. 7 del Reglamento: Alterar la tranquilidad del vecindario provocando ruidos en horas que ordinariamente se destinan al descanso. El beneficiario de vivienda fiscal, será responsable de los destrozos, molestias e inconvenientes producidos por miembros de su grupo familiar, visitas y dependientes (jardineros, asesoras del hogar, animales domésticos, entre otros), tanto dentro de su domicilio, como en las áreas comunes.

Art. 8 del Reglamento: Mantener perros y cualquier otro animal suelto o peligroso, sin control de sus dueños, que pueda provocar accidentes, mordeduras o dañar y ensuciar jardines.

Art. 9 del Reglamento: Mantener animales en los departamentos fiscales, sin una autorización expresa del Comandante en Jefe de la Zona Naval correspondiente, la que se otorgará por Resolución, previa evaluación de los antecedentes expuestos por el Ocupante.

No seguir las indicaciones del Artículo 8 recién expuesto, contribuye a ampliar en número y peligrosidad de perros vagos que merodean en las Poblaciones Navales, lo que genera disconformidad, quejas y denuncias por posibles riesgos a la salud e integridad de servidores afectados y sus familias.

Ayudar a un animal indefenso, sin hacerse cargo completamente de su tutoría, no es el mejor camino para afrontar esta problemática. Esta acción sólo aumenta el número de animales sin catastro y sin medidas sanitarias, lo que incrementa el riesgo de todos los habitantes. La alimentación repetitiva de un animal sin dueño (vago) crea obligación y responsabilidad para la persona y acostumbramiento para el animal.

Les sugerimos tomar contacto con el Municipio respectivo y con las diferentes organizaciones de rescate operativas en la Región de Valparaíso, quienes con su labor voluntaria, pueden dar una mejor respuesta al tratarse de un animal sin protección.

En BIENVALP #NosCuidamosTodos

> Volver a Noticias